
Carné de Socio
Los Socios del Real Madrid son todas aquellas personas físicas que integran la entidad Real Madrid con los derechos y obligaciones contenidos en los Estatutos.
Todos los Socios, desde el momento de ingresar en la Entidad, reciben su carné de Socio que contiene su nombre y apellidos, su fotografía y un número. Este número se asigna por estricto orden de ingreso en la Entidad, de manera que el Socio con más años de antigüedad en el Club será el Socio número 1 y el último Socio inscrito recibirá el número más alto que correspondiera en el momento de su ingreso.
El carné de Socio, con su correspondiente numeración, es un documento oficial, personal e intransferible, que acredita la condición de Socio, por lo que no es posible traspasarlo de un Socio a otro ni permitir su uso a terceras personas.
Cada cierto tiempo, el Club actualiza la numeración de los Socios, eliminando las bajas que se hayan producido entre el último proceso de actualización y el siguiente. La última renumeración se realizará durante el verano de 2012, y el Club enviará a todos los Socios un nuevo carné con una nueva numeración a su domicilio. Estas campañas periódicas de actualización de números de Socio suponen no sólo una modificación en el diseño del carné, sino también un reajuste de la numeración en función de la antigüedad real de cada Socio.
Cuotas Sociales 2012/2013
| Cuota Socio Adulto (Incluido 18% IVA) | 145,49€ |
| Cuota Socio Infantil (Incluido 18% IVA) | 49,80€ |
| Cuota Reducida (Incluido 18% IVA) | 72,69€ |
| Exentos: Socios menores de 11 años y Socios con antigüedad superior a 50 años. | |
| ANTIGÜEDAD | PRIVILEGIO ASOCIADO | ||
| • INSIGNIA DE ORO Y BRILLANTES | A los 60 años de Socio | Cuota de Socio gratuita | |
| • INSIGNIA DE ORO | A los 50 años de Socio | Cuota de Socio gratuita | |
| • INSIGNIA DE PLATA | A los 25 años de Socio |
| ANTIGÜEDAD | SOCIOS DISTINGUIDOS | ||
| • INSIGNIA DE ORO Y BRILLANTES | A los 60 años de Socio | Del Socio 1.684 al Socio 1.774 | |
| • INSIGNIA DE ORO | A los 50 años de Socio | Del Socio 3.028 al Socio 3.294 | |
| • INSIGNIA DE PLATA | A los 25 años de Socio | Del Socio 21.597 al Socio 23.416 |
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Derechos de los Socios
• Derecho a voto. Tendrán derecho a voto todos los Socios mayores de 18 años, con plena capacidad de obrar y, como mínimo, con un año de antigüedad ininterrumpida en el Club.
• Derecho a ser Socio Representante. Una vez convocadas las elecciones a Socios Representantes, podrán ser candidatos todos aquellos Socios que, con los requisitos señalados en el punto anterior, presenten su candidatura al Club avalada por tres Socios con derecho a voto (con expresión clara del nombre, apellidos y número de Socio del avalista). Ningún Socio podrá presentar más de una candidatura ni avalar a más de un Socio.
• Reconocimiento y concesión de insignias. Según el acuerdo de la Asamblea General del 6 de octubre de 1992, a propuesta de la Junta Directiva, como reconocimiento a su fidelidad y apoyo incondicional al Club, los Socios recibirán una insignia conmemorativa de su afiliación al Club:
• Socios con 60 años de antigüedad: Carné e insignia de Oro y Brillantes
• Socios con 50 años de antigüedad: Carné e insignia de Oro
• Socios con 25 años de antigüedad: Carné e insignia de Plata
La antigüedad de un Socio se computa en años de afiliación ininterrumpida al Club. Los Socios que hubiesen causado baja definitiva durante algún periodo de tiempo y posteriormente solicitasen el reingreso, perderán su antigüedad en el Club y los derechos derivados de la misma.
• Derecho a solicitar un abono. Sólo los Socios tienen la posibilidad de acceder a un abono (en función de la disponibilidad). En la actualidad, y debido a las limitaciones del aforo del Estadio, no existe la posibilidad de conceder nuevos abonos.
►Consultar Artículo 15 de los vigentes Estatutos Sociales referente a los Derechos de los Socios.
Obligaciones de los Socios
• Actualización de datos. Es responsabilidad de los Socios mantener sus datos actualizados y comunicar cualquier modificación al Club para que podamos hacerle llegar información puntualmente.
• Abonar las cuotas Sociales. Los Socios están obligados a satisfacer sus cuotas Sociales, en la cantidad, el periodo y la forma que establezca el Club.
• Identificación como Socio. Siempre que sea requerido por el personal del Club, el Socio está obligado a identificarse con su carné de Socio para poder comprobar su condición de Socio del Real Madrid. En caso de duda, le será requerido además su DNI.
• Conservar el carné de Socio y la tarjeta de abono. Es obligación del Socio mantener su carné de Socio y/o tarjeta de abono en buen estado de conservación.
• Guardia y custodia de los datos. Es obligación del Socio no revelar su número de Socio ni su número PIN a terceras personas, así como el resto de datos personales que pudieran ser utilizados en contra de los intereses del Socio.
• Buen uso de la condición de Socio y/o abonado. Los Socios están obligados a hacer un correcto uso de los derechos derivados de tal condición. El Socio titular del carné y del abono será el responsable de su buen uso en todo momento, pudiendo ser sancionado en caso de utilización fraudulenta. El mal uso de las ventajas que ofrece el carné de Socio, incluyendo la reventa de entradas adquiridas con dicho carné, puede conllevar la pérdida de la condición de Socio.
Asimismo, queda terminantemente prohibida la venta o subasta de los abonos en cualquier modalidad. El carné de Socio y la tarjeta de abono podrán ser retirados por el personal del Club.
►Consultar Artículo 16 de los vigentes Estatutos Sociales referente a los Derechos de los Socios.